Aquí puede consultar las preguntas frecuentes del canal de denuncias anónimas de Grupo SGP - Igualia
Lamentablemente, y por motivos de seguridad, solo la persona que realiza la denuncia conoce su código de acceso y su clave. Si pierde cualquiera de ellos, no podrá hacer un seguimiento de la comunicación, eso no quiere decir que la comunicación no siga su curso, simplemente que no podrá ver como avanza, ni aportar más información si la empresa lo requiere.
La persona responsable comunicará la aceptación de la denuncia/consulta en un plazo máximo de 7 días. El plazo de resolución de las consultas será de un máximo de 90 días, salvo que la complejidad del caso requiera de un plazo mayor de forma justificada.
En el proceso de denuncia usted podrá decidir si informa de sus datos personales o no. Si decide no hacerlo, deberá establecer su propio seguimiento mediante el canal de denuncias para ver los avances y la resolución. El canal le ofrecerá un usuario y clave para acceder al avance de la denuncia. El canal es independiente de la empresa y no registra información de la ip desde donde se conecta.
Por motivos de seguridad, en los casos en los que exista una supuesta víctima directa, no se permitirán las denuncias anónimas para garantizar que la empresa pueda poner en marcha las medidas cautelares y de protección necesarias.
Sí. El canal está abierto para que diferentes actuantes del ecosistema empresarial puedan ayudar a detectar actividades no lícitas. En cualquier caso, si se tratan de reclamaciones sobre el servicio ofrecido, existen otros canales habilitados para presentar dichas quejas.
El Canal es gestionado por especialistas de Cumplimiento Normativo de Grupo SGP - Igualia con acceso al Canal, con la colaboración, si es necesario, de personal experto externo.
Ante cualquier denuncia recibida se presupone la buena fe de la persona denunciante, así como la creencia de que los hechos notificados son verídicos. Grupo SGP - Igualia no espera que la persona denunciante investigue los hechos. Las personas responsables son quienes debe asumir esta función. Si la investigación concluyera que no se ha producido ninguna infracción, y se concluyera que el notificante ha actuado de buena fe, éste no debe temer ningún tipo de represalia.